Ciudad De México, 27 de marzo de 2026.- El Comité Olímpico Internacional (COI) anunció una nueva normativa que restringe la participación en las competiciones olímpicas femeninas exclusivamente a personas de sexo biológico femenino que no sean portadoras del gen SRY. La medida, confirmada este jueves, marca un cambio sustancial respecto a las directrices de 2021 y establece los criterios de elegibilidad para los Juegos Olímpicos de Los Ángeles 2028.
Kirsty Coventry, presidenta del COI, defendió la decisión al señalar que la política fue elaborada por expertos médicos y se basa en evidencia científica. Según la dirigente, resulta injusto y, en ciertas disciplinas, inseguro permitir que varones biológicos compitan en categorías femeninas, por lo que la organización ha optado por definir límites claros basados en la biología.
Bajo estas nuevas reglas, los atletas transgénero con cromosomas XY y aquellas personas con trastornos del desarrollo sexual que presenten sensibilidad a los andrógenos deberán participar en las categorías masculinas. La responsabilidad de ejecutar las pruebas de verificación, las cuales podrán realizarse mediante muestras de saliva, raspado bucal o sangre, recaerá sobre las federaciones internacionales y las instituciones deportivas nacionales correspondientes.
El protocolo establece que dichas pruebas se llevarán a cabo una única vez en la vida del deportista. Aunque la investigación señala que existieron pruebas cromosómicas vigentes entre 1968 y 1996, la implementación actual busca estandarizar el proceso bajo los nuevos criterios médicos sin repetir evaluaciones innecesarias.
La dirigencia olímpica precisó que la norma no tiene carácter retroactivo. Esto significa que los resultados y medallas obtenidas en ediciones anteriores, incluyendo los Juegos de París, se mantienen válidos y no están sujetos a revisión bajo esta nueva legislación. La medida entra formalmente en aplicación para el ciclo que culminará en California 2028.
Este anuncio representa un giro en la estrategia del organismo rector, el cual había delegado previamente en cada federación deportiva la facultad de determinar sus propias políticas de inclusión. Ahora, el COI centraliza el criterio bajo el argumento de proteger la equidad y la seguridad en el deporte de alto rendimiento.